Corrección de errores del Real Decreto 238/2013, de 5 de abril

5 de Septiembre de 2013

 

En el archivo que se presenta a continuación se recoge la Corrección de errores del Real Decreto 238/2013, de 5 de abril , por el que se modifican determinados artículos e instrucciones técnicas del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios, aprobado por Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio.

Esperamos sea de utilidad

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NOTA ACLARATORIA SOBRE LA APLICACIÓN DEL RD 238/2013 QUE MODIFICA EL RITE

15 de Mayo de 2013

La disposición final segunda del Real Decreto 238/2013, de 5 de abril, por el que se modifican determinados artículos e instrucciones técnicas del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios, aprobado por Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio, establece que el citado real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Por ello desde el 15 de abril de 2013 todas aquellas instalaciones térmicas que se encontraran en fase de proyecto o ejecución pero para las que no se hubiera iniciado el procedimiento de registro previo a la puesta en servicio de la instalación, conforme a lo previsto en el artículo 24 del RITE deberían adaptarse a los requisitos recogidos en el nuevo texto del RITE vigente tras la entrada en vigor del Real Decreto 238/2013, de 5 de abril.

Por otra parte la disposición transitoria primera, “edificios y proyectos a los que no se aplicará el Reglamento” del Real Decreto 1027/2007 establecía que “no será de aplicación preceptiva el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE), que figura como anexo, a los edificios que a la entrada en vigor de este Real Decreto estén en construcción, ni a los proyectos que tengan solicitada licencia de obras, excepto en lo relativo a su reforma, mantenimiento, uso e inspección”

Por ello y con el fin de evitar los perjuicios que la entrada en vigor del Real Decreto 238/2013 pueda ocasionar a todas aquellas instalaciones térmicas que se encontraban en fase de proyecto o ejecución, se establece la validez de la disposición transitoria primera del Real Decreto 1027/2007 para las modificaciones establecidas en el Real Decreto 238/2013, de 5 de abril, de la siguiente forma:

 

No será de aplicación preceptiva las modificaciones establecidas en el Reglamento de instalaciones térmicas en los edificios (RITE), mediante el Real Decreto 238/2013, de 5 de abril, a los edificios que con anterioridad al 15 de abril de 2013 estaban en construcción ni a los proyectos que tengan solicitada licencia de obras, excepto en lo relativo a su reforma, mantenimiento, uso e inspección.

Madrid 7 de mayo de 2013

MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y TURISMO

 

Nuevos documentos reconocidos

19 de Abril de 2013

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Como continuación a los anteriores post sobre el Nuevo Real Decreto por el que se aprueba el procedimiento básico para la Certificación de Eficiencia Energética de Edificios os adjuntamos dos documentos que lo complementan y que recientemente se han incorporado al Registro de Documentos reconocidos del Ministerio de Industria e Innovacion.

Anticiparse a la certificación energetica de edificios existentes como argumento de venta

5 de Abril de 2013

Desde finales de diciembre de 2012 la comunidad técnica estaba esperando la aprobación del Real Decreto en el que se establece el Procedimiento Básico para la certificación energética de edificios existentes. El borrador del citado RD puede consultarse en la web oficial del MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y TURISMO. http://www.minetur.gob.es/energia/es-es/participacion/paginas/cerradas/eficienciaenergetica.aspx

En la rueda de prensa ofrecida tras el Consejo de Ministros de hoy, día 05-04-2013, se ha anunciado oficialmente la aprobación del citado borrador.

Esta nueva norma, aplicada desde 2009 en prácticamente todos los países de la Unión Europea, obligará a partir del 1 de junio de 2013, a que todos los inmuebles que se encuentren a la venta o en alquiler, deban tener la correspondiente CERTIFICACIÓN ENERGÉTICA .

El texto saldrá presumiblemente en el próximo BOE.

La aprobación de este nuevo texto supondrá grandes avances. Por un lado, la obligatoriedad de disponer de una etiqueta energética para la venta o alquiler de cualquier vivienda, implica un nuevo parámetro a tener en cuenta a la hora de valorar un inmueble. A partir de ahora, no sólo se valorará el tipo de inmueble, su superficie y la zona en la que está si no que entrara en la ecuación la calificación energética del mismo.

Pero la pregunta del millón es, ¿cuanto cuesta certificar una vivienda?.

Como un servicio más de los que ofrecemos, en IDRA INGENIEROS hemos estudiado el coste del mismo:

A modo de referencia podemos estimar que el CERTIFICADO ENERGÉTICO de una vivienda unifamiliar aislada de unos 150 m2 puede suponer del orden de unos 300 € (IVA INCLUIDO), un piso de 100 m2 dentro de un edificio de viviendas supondría unos 195 € (IVA INCLUIDO), pero el estudio en conjunto de un edificio puede ser mucho más ventajoso.

Por ejemplo, certificar un edificio de 10 viviendas supondría del orden de 105 € por vivienda (IVA INCLUIDO), pero si hablamos de un edificio de 50 viviendas el coste por vivienda tan sólo supondría 52 € (IVA INCLUIDO).

Teniendo en cuenta que la validez del certificado es para un periodo de 10 años creemos sinceramente que el coste del certificado energético es más que asumible.

Así mismo, una certificación debe proponer recomendaciones técnicas que permitan obtener una mejor calificación. La realización de las recomendaciones (opcional) no sólo aumentarán las prestaciones de las viviendas reduciéndo las emisiones de CO2 al ambiente, si no que posicionarán el inmueble en lugares más ventajosos de cara a la venta o el alquiler del mismo. 

Para más información puede dirigirse a info@idra.es o contactar en el 974-241055

Tendencias energéticas

26 de Noviembre de 2012

La agencia Internacional de la energía (AIE) ha publicado recientemente un resumen ejecutivo de la World Energy Outlook 2.012. En este documento se plasma de forma clara y concisa el estado actual de las situación energética mundial y su tendencia a medio largo plazo.

Son interesantes las reflexiones sobre el nuevo panorama energético mundial (el  cambio de planteamiento de EEUU, el dominio de Irak y la inmunidad de los mercados mundiales, los nuevos países consumidores de energía, etc.) y sobre todo los comentarios sobre la evolución de las fuentes de energía (el pertróleo, el gas natural, el carbón, la energía nuclear y la consolidación de las energías renovables).

No obstante hay un punto fundamental en el citado informe sobre la explosión de la eficiencia energética. En este sentido el informe cita la enorme importancia de ésta para ‘frenar’ el calentamiento del planeta. En concreto se cita lo siguiente:  

La eficiencia energética puede mantener abierta la puerta de los 2 ºC sólo un poco más de tiempo

 

Las sucesivas ediciones de este informe han demostrado que el objetivo climático de limitar el calentamiento global a 2 ºC se hace más difícil y costoso de conseguir cada año que pasa.

 

Nuestro Escenario 450, que examina las acciones necesarias para alcanzar dicho objetivo, refleja que cerca de las cuatro quintas partes de las emisiones permitidas para 2035 están ya “comprometidas” por centrales eléctricas, fábricas, edificios, etc. ya existentes.

 

Si no se toman medidas para reducir las emisiones de CO2 antes de 2017, el conjunto de infraestructuras energéticas existentes en esa fecha habrá “comprometido” ya todas las emisiones de CO2 permitidas.

 

El rápido despliegue de tecnologías energéticas eficientes –como refleja nuestro Escenario de un Mundo Eficiente– lo retrasaría hasta 2022, lo que daría cierto margen de tiempo para suscribir un acuerdo mundial imprescindible para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero.

 

Si el mundo pretende cumplir el objetivo de limitación del aumento de la temperatura mundial a 2 ºC, hasta 2050 no se podrá consumir más de un tercio de las reservas probadas de combustibles fósiles, a menos que se generalice el uso de la tecnología de captura y almacenamiento de carbono (CAC). Este resultado se basa en nuestra evaluación de las “reservas de carbono” mundiales, medidas como las emisiones potenciales de CO2 procedentes de reservas probadas de combustibles fósiles.

 

Aproximadamente dos tercios de dichas reservas de carbono provienen del carbón, un 22% del petróleo y un 15% del gas. Geográficamente, dos tercios se sitúan en Norteamérica, Oriente Medio, China y Rusia.

 

Estos hallazgos subrayan la importancia que reviste la CAC como alternativa fundamental para reducir las emisiones de CO2, aunque su ritmo de implantación sigue siendo muy incierto, y actualmente solo existe un pequeño número de proyectos a escala comercial en funcionamiento.

 

Para más información pueden consultar el informe completo en http://www.anese.es/wp-content/uploads/2012/11/IEA_weo2012_resumen_ejecutivo.pdf?goback=%2Egde_3125546_member_188894789

 

Diseño y ejecución de potabilizadoras compactas

8 de Octubre de 2012

Dentro del ámbito del diseño y fabricación de bienes de equipo, IDRA INGENIEROS se ha especializado en las POTABILIZADORAS COMPACTAS.

Estos equipos son pequeñas Estaciones de Tratamiento de Agua Potable (ETAP) a ejecutar bien en el interior de un contenedor marítimo de 40 pies o bien sobre remolque para su posterior transporte.

Realizamos diseños y ejecuciones de potabilizadoras compactas con el equipamiento necesario en función de la calidad del agua a potabilizar y de la situación del entorno (es decir, aislando y climatizando el habitáculo en lugares con climas tropicales, añadiendo generadores de energía y/o placas fotovoltaicas en aquellos lugares donde no hay suministro eléctrico, etc.)

De manera estándar diseñamos este tipo de equipos para caudales entre 6 y 20 m3/h. Caudales superiores también pueden ser tratados mediante la unión en paralelo de varias potabilizadoras compactas.

Las aplicaciones de estos equipos son:

  • Potabilizar agua en emergencias (terremotos, tsunami, erupciones volcánicas, riadas, así como cualquier otra catástrofe natural)
  • Potabilizar agua en poblaciones o barriadas de forma permanente (muy habitual en países africanos)


Lagunas en el procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios de nueva construcción

29 de Junio de 2012

El RD 47/2007, de 19 de enero’ por el que se aprueba el Procedimiento Básico para la certificación de eficiencia energética de edificios de nueva construcción, establece entre otras cosas las condiciones técnicas y administrativas para certificar la eficiencia energética de un edificio.

Básicamente ésta consiste en:

  1. La realización de un certificado de eficiencia del proyecto, que será suscrito por el proyectista del edificio o del proyecto parcial de sus instalaciones térmicas, y quedará incorporado en el proyecto de ejecución.
  2. El certificado de eficiencia energética del edificio terminado, que será suscrito por la dirección facultativa de la obra, y que deberá ser presentado por el PROMOTOR o PROPIETARIO, ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma, que a su vez podrá llevar un registro de estas certificaciones. El certificado de eficiencia energética se deberá incorporar al LIBRO DEL EDIFICIO.
  3. El control externo que deberá estar establecido y procedimentado por la Comunidad Autónoma (En la actualidad tras más de 5 años las Comunidades Autónomas no exigen dicho control)
  4. La inspección, cuyo órgano competente es la Comunidad Autónoma. (En la actualidad tras más de 5 años las Comunidades Autónomas no realizan inspecciones más allá del registro de la documentación)
  5. La renovación y actualización de la certificación, también competencia de las Comunidades Autónomas. Como la validez del certificado es de 10 años, todavía no aplica este apartado, salvo que se realicen modificaciones apreciables en el edificio.

Por otro lado existen ayudas, por ejemplo para viviendas protegidas, que priman el estar mejor o peor calificado. Es el caso del REAL DECRETO 2066/2008, de 12 de diciembre, por el que se regula el Plan Estatal de. Vivienda y Rehabilitación 2009-2012.

En su artículo 63 se definen unas ayudas que van desde 2.000 €/vivienda para una calificación energética C, 2.800 €/vivienda para una calificación energética B y 3.500 €/vivienda para una calificación energética A.

El procedimiento para solicitar dichas ayudas pasa por realizar una solicitud en fase de proyecto. Si la calificación en dicha fase es inferior a C evidentemente no se puede dar tal solicitud. Esta es una de las lagunas del procedimiento, ya que se ha dado con mucha asiduidad por pare de muchos Técnicos Redactores de Proyectos la calificación de edificios por el método simplificado con letra E, aun a sabiendas de que el edificio pudiera tener en realidad una mejor calificación.

 

En ese caso

La crisis económica y el asesoramiento técnico

14 de Mayo de 2012

Tradicionalmente los 4 grupos que principlamente consumen asesoramiento técnico: Administración, Constructores, Promotores y la propia Comunidad Técnica, han venido demandando proyectos bien por la necesidad de desarrollar una idea o bien por imposición normativa (es el caso de los típicos proyectos de legalización).

La actual crisis económica está motivando que los encargos típicamente ingenieriles (aquellos que pasan porque un emprendedor transmita una idea, para ser posteriormente estudiada, desarrollada y plasmada en un documento técnico) estén en vías de extinción. No es el caso de los proyectos útilizados únicamente como moneda de cambio legal. Es decir, aquellos trabajos, que en ocasiones ya están ejecutados o que únicamente sirven para salvaguardar responsabilidades.

Evidentemente no se puede omitir la realidad y hay que afrontar con responsabilidad el hecho de la penuria de algunos de estos trabajos, así como el ambiente negativo que crea el cliente cuando viene a visitarte desde la imposición.

Para sobrevivir y no morir en el intento, hoy más que nunca, hay que proporcionar valor añadido al servicio.

 

¿Cómo se puede proporcionar valor añadido?

Bajo nuestro punto de vista la clave radica en conseguir la CONFIANZA del cliente. Hay clientes más fáciles y otros más complicados pero lo que está claro es que los profesionales de la CONSULTORÍA TÉCNICA no estamos preparados ‘de serie’ para transmitir confianza. Es decir, somos (o hemos sido) prácticos y lo práctico es tajante, y lo tajante no imprime confianza.

Para transmitir confianza hay varios mecanismos, pero sin duda el más rápido es justificar de forma precisa que la contratación de un profesional técnico genera valor económico. Poder ser útil a un cliente en los tiempos que corren es lo más parecido a desarrollar un buen proyecto; y como los buenos proyectos escasean, deberemos alimentarnos de utilidad.

En resumen la CONFIANZA pasa por el grado de UTILIDAD que prestas a un cliente. Y en CONSULTORÍA TÉCNICA eres ÚTIL cuando sintetizas; es decir, cuando analizada la información que proporciona el cliente estudias y valoras todas las opciones pero sólo desarrollas la que mejor combina EFICIENCIA ENERGÉTICA, FUNCIONALIDAD y RENTABILIDAD.

El FEEDBACK del valor añadido pasa por seguir la ejecución del proyecto, la puesta en marcha, los ajustes y el funcionamiento a régimen. De esta manera retroalimentas información para futuros proyectos, analizas desviaciones respecto al planteamiento inicial y en definitiva refuerzas la confianza con tu cliente.

Análisis y optimización de la factura eléctrica

18 de Abril de 2012

 

 

 

En marzo de 2.012 se celebro el II CONGRESO DE SERVICIOS ENERGÉTICOSIDRA INGENIEROS contribuyó al mismo aportando una comunicación titulada ANÁLISIS Y OPTIMIZACIÓN DE LA FACTURA ELÉCTRICA COMO EJEMPLO DE SERVICIO ENERGÉTICO DE CONSULTORÍA. A continuación se presente un breve resumen de la misma si bien en el siguiente enlace se presenta la versión completa. comunicacion-ii-congresos-de-servicios-energeticos 

 

El análisis y optimización de la factura eléctrica es un servicio energético típico de consultoría. Para su realización se ha de comenzar por el análisis previo del establecimiento del cliente en función del tipo, magnitud y procesos que se dan en su actividad. Este primer paso permite la recopilación de la información necesaria para poder realizar un análisis en detalle de los procesos, subprocesos y los parámetros de contratación. Las conclusiones a las que se llega a partir de dicho análisis permitirá realizar optimizaciones en cada uno de estos aspectos mediante la implementación de MAEs (medidas de ahorro energético) pudiendo hallar tanto el costo de las inversiones como los ahorros generados por las mismas. De la relación entre estos valores, se obtiene el periodo de retorno de la inversión o pay-back que servirá para determinar la fórmula de contratación a establecer entre el cliente y la ESE (Empresa de Servicios Energéticos). Esta fórmula de contratación será negociable y dependerá del estado financiero y riesgo del cliente.

 

Eficiencia Energética en Comunidades de Vecinos

24 de Marzo de 2012

El 16,7% de la energía primaria que se consume en España pertenece al sector DOMESTICO - HOGAR.

Es conocido por todos que España es un país deficitario en la responsabilidad sobre el bien común. Tanto es así, que aun sabiendo positivamente que proyectar instalaciones comunitarias y gestionarlas de forma racional es ventajoso desde el punto de vista económico y medioambiental, cada día se implanta más en la sociedad española la idea de huír siempre que se pueda de lo comunitario.

Un colectivo clave para promover un cambio de tendencia es el de los ADMINISTRADORES DE FINCAS. Está claro que lidiar con una junta vecinal a la hora de afrontar el problema del ahorro energético es especialmente complicado. Muchas veces por la dificultad de expresar conceptos fundamentales y otras muchas por la cantidad de interpretaciones erróneas que introducen los propios vecinos en las juntas.

Por suerte, ya ha habido movimientos favorables para atacar el problema de raiz, como por ejemplo el que recientemente llevó a cabo el Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid, en su participación en la Jornada sobre Ahorro de Energía en Comunidades de Propietarios, organizada por FENERCOM (Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid). A continuación presentamos las principales conclusiones a las que llegaron:

1.-La única forma de ahorrar dinero está en lograr la eficiencia energética

2.-Implementar una Auditoria Energética obligatoria en los edificios.

3.-Potenciar los métodos de financiación y subvención para la implementación de soluciones de eficiencia energética.

4.-Aplicar un IVA reducido o superreducido en todas las iniciativas de eficiencia energética en edificios.

5.-Conseguir ampliar la garantía de productos e instalaciones para que cubran el periodo de amortización.

6.-La amortización de los procesos que mejoran la eficiencia energética deben ser de 3 a 5 años, como máximo 7 años.

7.-Unificar la legislación para aclarar los procesos técnicos y burocráticos.

8.-Las empresas que suministran energía tienen que aplicar una tarifa especial a los edificios eficientes.

9.- Crear conciencia de ahorro energético en toda la comunidad.

IDRA INGENIEROS añadiría una décima conclusión a la lista:

10.- Debe normalizarse la aparición de las empresas de Servicios Energéticos como apoyo a los Administradores de Fincas.